La dirección general de Asuntos Religiosos no expide ningún tipo de permiso o licencia para funcionamiento de templo o culto público: Héctor Herrera

9 de julio

 

Las direcciones generales de Asuntos Religiosos del Gobierno de México y Morelos no expiden ningún tipo de permiso o licencia para el funcionamiento de templos o lugares destinados al culto público, destacó el titular de la dependencia en el estado, Luis Héctor Herrera López.

 
Lo anterior, quedó de manifiesto en la reunión virtual que el Gobierno federal tuvo con los directores de las entidades federativas, en dónde además se informó de la nueva normalidad que se llevará a cabo en el país y en particular en Morelos, luego de estar en semáforo naranja. 
 
Luis Héctor Herrera llamó a las Iglesias, asociaciones y agrupaciones religiosas no dejarse sorprender ante los posibles casos de estafa y mucho menos derivados de cuestiones sanitarias, esto de conformidad con las atribuciones y facultades que le otorgan la Ley de Asociaciones Religiosas, Culto Público, así como el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
 
Dejó en claro que todos los trámites y servicios que brinda la Dirección General de Asuntos Religiosos se realizan de manera gratuita, a excepción de las copias certificadas y certificaciones.
 
Finalmente, acordaron mantener coordinación y estar informando a las distintas asociaciones religiosas sobre los lineamientos que se están solicitando a nivel federal, a fin de privilegiar y anteponer la salud de las familias.

CONVOCATORIA PARA TODAS Y TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO QUE DESEEN DESEMPEÑAR EL CARGO DE PERSONA CONSEJERA SUPLENTE

 

 

 

Por este medio se da a conocer la "Convocatoria dirigida a todos los servidores públicos de la Secretaría de Gobierno que deseen desempeñar el cargo de persona consejera suplente", de conformidad con lo previsto en el Protocolo de Actuación para la Recepción y Atención de Denuncias por Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 6079 Alcance de fecha 01 de junio del 2022, de acuerdo con lo estipulado en el numeral 9 y el inciso b) de la Disposición Transitoria Tercera del ordenamiento jurídico en mención.