Se reinstala la Comisión de Estudio y Dictamen de Antecedentes Revolucionarios

19 de noviembre 

 

En atención a lo previsto en la Ley de Beneficios, Estímulos y Recompensas a los Veteranos de la Revolución en el Estado de Morelos, el gobernador Cuauhtémoc Blanco Bravo instruyó al secretario Técnico de la Secretaría de Gobierno, Leonardo Silva Anguiano, para que en su representación convoque a los integrantes de la Comisión de Estudio y Dictamen de Antecedentes Revolucionarios a la sesión de reinstalación que tendrá lugar el próximo día 26 de noviembre.
 
Esta Comisión está integrada por el titular del poder Ejecutivo del Estado, la persona titular del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y el representante del Frente Zapatista de la República.
 
Sus funciones serán recibir las solicitudes que presenten los Veteranos de la Revolución para disfrutar de los beneficios que otorga la Ley de Beneficios, Estímulos y Recompensas a los Veteranos de la Revolución en el Estado de Morelos, así como estudiar y dictaminar respecto de las solicitudes y documentación que presenten los interesados.
 
Leonardo Silva reiteró al administrador y representante del Frente Zapatista de la República, Arturo Castañeda Paredes, con quien sostuvo una reunión de trabajo, la apertura al diálogo, para actuar en todo momento con transparencia, claridad y apego a la ley.
 
Y aseguró que la prioridad para el Gobierno del Estado es y será, mejorar la calidad de vida de las viudas y veteranos ya acreditados. 

CONVOCATORIA PARA TODAS Y TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO QUE DESEEN DESEMPEÑAR EL CARGO DE PERSONA CONSEJERA SUPLENTE

 

 

 

Por este medio se da a conocer la "Convocatoria dirigida a todos los servidores públicos de la Secretaría de Gobierno que deseen desempeñar el cargo de persona consejera suplente", de conformidad con lo previsto en el Protocolo de Actuación para la Recepción y Atención de Denuncias por Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 6079 Alcance de fecha 01 de junio del 2022, de acuerdo con lo estipulado en el numeral 9 y el inciso b) de la Disposición Transitoria Tercera del ordenamiento jurídico en mención.